Título: The Passion of the Christ
Año: 2004
Director: Mel Gibson
Dadas las fechas en las que estamos, sumada la vocación jurídica de uno, no puedo perder la oportunidad de unir temas tan apasionantes como el cine, el juicio a Jesús de Nazaret y la visión histórica-jurídica de ese proceso. En la película de Mel Gibson, "The Passion of the Christ" (la Pasión) vemos los últimos días de Jesús en esta tierra antes de ser juzgado y crucificado en Judea. En verdad, mi mayor objetivo en esta entrada no es hablar tanto de la visión cinematográfica, que es esplendida, si no de la historicidad y juridicidad del proceso penal aplicado en la detención y juicio de Jesús (procuro decir Jesús o Jesús de Nazaret con el fin de dar una sensación más cercana a la figura de este personaje histórico y no hablar con el lenguaje de las Sagradas escrituras o los Evangelios). Así pues, la cinta empieza mostrándonos la oración de Jesús y su posterior arresto en el jardín de Getsemaní (entrando en el ambito de historicidad, los guardias o los soldados judíos van "correctamente" armados, con porras y navajas (medio-espadas), pero sin armadura militar romana como son los lanzas o las espadas, no tenían tales adjudicaciones. Eran una especia de milicia civil, nada más).
Una vez arrestado, el galileo es llevado ante el Sanedrín. El Sanedrín era la asamblea judía que tenía los poderes legislativos, judiciales y ejecutivos para el mundo judío de la época. Era el Senado de Jerusalén. Estaba integrado por sacerdotes y laicos, guardianes de la tradición y la Torá y con poder "monárquico" en cuanto a la dirección política de Israel se refiere. Era una asamblea de aristócratas de la corriente "saducea" (grupo étnico-politico poderoso dominante. Los otros, los fariseos, aparentemente tenían menor influencia y no tenían representación en el Sanedrín). Desde el punto de vista de competencia material, éstos resolvían los conflictos entre los judíos y dictaban sentencias siempre y cuando no fueran respecto a candidaes mayores de dinero o pena capital.
La competencia de dictar la pena capital, en aquellos momentos crucifixión para esclavos, asesinos o extranjeros, la ostentaba el representante del Imperio Romano en la zona que en aquella época era Poncio Pilato. Éste tenía también, además de judicial y ejecutiva, también la competencia militar. Era el guardián de la paz y disponía de ejército y medios para aplacar cualquier rebelión en ese territorio conflictivo. Según los historiadores, ni siquiera sabemos con exactitud si Judea era una provincia o una región autónoma integrada dentro de la Provincia de Siria que pertenecía al Imperio Romano. Poncia Pilato, el prefecto Iudaeae ostentaba el imperium (poder militar) en la Provincia. La máxima expresión del "imperium" del magistrado venía dada por lo que se suele denominar "ius gladii" (derecho de la espada), es el poder de ejecutar sentencias de muerte. Es por eso, como veremos más adelante, que a los sacerdotes acusadores les importa mucho que Jesús sea juzgado también por la autoridad romana.
Tal y como comenta Ribas Alba en su libro "Proceso a Jesús", el proceso del Sanedrín fue un proceso autónomo, no una fase preliminar del proceso romano. Es decir, a Jesús, primeramente, en la asamblea judía se le acusa de Blasfemia: delito teológico en este caso. Es por los dichos de Jesús sobre el Templo y su crítica a las tradiciones judaicas de Moisés, la intolerancia, misericordia, etc. Si el objetivo del Sanedrín fuera a juzgarle por la tradición judía como en los casos de los juicios a Pedro y Juan, en última instancia, la sentencia más dura no sobrepasaría de la flagelación. Pero, dado que lo que les preocupaba a estos representantes políticos y religiosos era la degradación de la figura del auto-proclamado Mesías, se le pregunta si es o no el Hijo de Dios. Consiguiendo la respuesta que buscaban, el Sumo Sacerdote rompe sus vestiduras teatralmente ante "su" público y clama "Blasfemia, blasfemia". Todo tiene su por qué. Siendo Jesús, culpable de auto proclamarse Mesías, o verdadero Hijo de Dios, el castigo no puede ser otro que la pena capital, la muerte. Como el Sanedrín no tiene tal competencia, mediante la "confesión" del nazareno lo que se consigue es una prueba veraz para llevarlo ante el Prefecto romano, Poncio Pilato, para que este instruya y juzque el caso según la legislación romana.
Ahora bien, a primera vista éste era un problema judío, ¿por qué tendría algún interés o presión Pilato para intervenir en este proceso? Es por qué (como vemos también en la magnífica obra de Mel Gibson cuando Jesús es llevado ante el máximo dignatario romano) los miembros del Sanedrín comparecen como partes ante el Prefecto a fin informarle y acusar a Jesús oficialmente en delito de Lesa Majestad. ¿Qué era eso? El delito de lesa majestad, crimen maiestatis tenía dos vertientes: política y religiosa. Nadie podía proclamarse rey ni Hijo de Dios en el Imperio Romano. El verdadero "rey" era el emperador y ningún súbdito podría osar de cuestionar tal magnanimidad y potestas. Y nadie podría llamarse Hijo de...ya que el verdadero hijo de Dios y el que ostentaba la gracia (y la legitimidad) divina era el Emperador, el César romano. Los que violaban estas prohibiciones, se consideraban culpables de crímenes de gravedad y su sentencia no era otra que la muerte. Y claro, ¿quién tenía poder para dictar sentencia de muerte en Judea? Efectivamente, el Prefecto romano.
Pilato, ya visto más de una vez en conflictos de este tipo con el pueblo judío, lo último que quiere son rebeliones en los días festivos. Aquel día es el Shabat judío y la celebración pascual. Lo que hace el mandatario romano es un gesto de diplomacia cuando el remite al acusado a Herodes (Herode Antipas), para que éste, como gobernador galileo le juzgue a su manera. Aprovechando que Herodes está en la ciudad para festejar la Pascua, Jesús es llevado ante él tras la sugerencia de Pilato. Herodes, que estaba hasta ese momento enemistado con Pilato, les recibe y no hallando crimen alguno en ese "chiflado" le vuelve a remitir al prefecto. Pilato, desde el principio, considera desmesuradas las acusaciones y la pena exigida. Por ello, primeramente, tras la elección de Barrábas como liberado, Jesús es condenado a flagelación, como pena óptima por blasfemar y violar la paz pública. No se encuentra culpable de liderar conspiración, violentar masas y lesionar a particulares. Ni es un rebelde o un enemigo del régimen. Por tanto, hay que entender que la flagelación es en primera instancia la única y definitiva pena. Tras la ejecución de la pena, Pilato muestra al Jesús "castigo" a "su" público, pero éstos lejos de contentarse, piden, más bien exigen muerte, crucifixión (en la película, uno de los sacerdotes, grita "Crucifícalo, crucifícalo").
En caso contraario, y aquí la jugada maestra y la presión definitiva sobre Pilato, le amenazan a quejarse ante las altas autoridades romanas y decir que el Prefecto "no es amigo de Cesar". La palabra "amigo" en aquel tiempo no tenía solo un significado fraterno sino que era un vocablo político y expresaba el círculo y la distancia en cuanto a la relación del Emperador y sus súbditos se refiere. Expresaba lealtad y fidelidad al César y a la Roma. Por tanto, el que no era "amigo" del César, era un enemigo para él y para la Roma. Es por eso, que Pilato cediendo ante la presión "mediática" de los de allí reunidos, se lava las manos en señal de "cumplo estrictamente con lo que se me ha pedido" sentencia al galileo a la muerte.
Desde el punto de vista cinematográfico, es muy recomendable la película para adentrarse en el ambiente complejo y peligroso de la sociedad judía y romana en aquel territorio tan disputado. La fotografía, la dirección, la certeza histórica y religiosa de la obra de Mel Gibson es única, aunque breve pero intensa para permitirnos ver "a qué olía" el Israel antiguo del momento.
Todas estas cuestiones son analizados y debatidos si tenemos clara una condición: la credibilidad de los evangelios. Claro está que los evangelios tienen un valor histórico discutible y en muchos casos se contradicen, pero comparando las narraciones, en concreto, el proceso de Cristo y las normativa vigente en aquella época, vemos que tanto la legalidad judía como la romana es verificada mediante obras de otros historiadores de época. Por tanto, podemos decir, que en este caso, el juicio penal llevado a cabo contra Jesús fue un proceso (mas bien dos: judío y romano) completo y legal desde el punto de vista procedimental. Aún así, es una opinión basada en los escritos de autores, no legos en Derecho, que así los consideran, esperando aportar más novedades al tema y con más interesantes hallazgos.